Actividades extraescolares
La oferta de las actividades extraescolares para el curso 2016/2017 es la siguiente:
- Educación Infantil, Ballet. Los lunes a partir de las 16:45. 20 euros/mes. Monitora: Marta Parejo Guerrero.
- Educación Primaria, Zunba. Los miércoles a partir de las 16:00. 20 euros/mes. Monitora: Marta Parejo Guerrero.
Objetivos, diseño y seguimiento de las actividades educativas extraescolares, deportivas y culturales
- Toda actividad extraescolar cultural o deportiva organizada y gestionada por la Cooperativa ZUBI ZAHARRA S.COOP, junto con la AMPA, tiene como objetivos completar su acción educativa para promover la formación integral de sus alumnos/as y el mejor logro de los contenidos de su Proyecto Educativo y de los objetivos de sus planes.
- Teniendo en cuenta el carácter y proyecto lingüístico de la Cooperativa, el área de actividades extraescolares constituye un ámbito de especial importancia para el aprendizaje y extensión del Euskara. El Euskara será la lengua empleada por todos/as los entrenadores/as, monitores/as y responsables intervinientes en las mismas, que promoverán además la extensión del aprendizaje y uso por los alumnos y alumnas, contando, cuando sea necesario, con la colaboración coordinada del Equipo de Profesorado Específico y de Educación Física de la Cooperativa, a través del Equipo Directivo.
Y en consecuencia, los contenidos y objetivos en relación al Euskara serán apartados relevantes de la programación anual de cada sección y equipo, de sus objetivos e indicadores de seguimiento, así como de la evaluación de la evolución de cada alumno y alumna en dicha actividad y de su información a las familias, en los formatos y soportes que la Cooperativa disponga.
- Tanto en las actividades organizadas directamente como en las promovidas y contratadas o convenidas con terceros, la Cooperativa ZUBI ZAHARRA trata de satisfacer las solicitudes de participación de todos los alumnos/as y socios/as, en su caso, en cualquiera de las actividades ofertadas, sin excluir a ningún interesado o interesada por no estar en la elite de la misma, siempre que esté comprometido en su desarrollo y dentro de las pautas establecidas y de los valores educativos de la Cooperativa. Por ello el Consejo Rector, con la colaboración de la Dirección y del responsable de las actividades extraescolares, elaborará unas directrices con criterios objetivos para garantizar la participación de todos y todas, siempre y cuando cumplan con sus obligaciones de asistencia, se esfuercen en cooperar en el equipo y superarse, y cumplan con los demás deberes. Esta participación tenderá a ser igualitaria; pero flexible, sobre todo, en los primeros niveles de Educación Primaria. En Secundaria empezará a depender también de las facultades y competencias de los jugadores/as; pero en ningún caso será privado del derecho a haber participado, al menos en un tercio del tiempo de competición, en los niveles de cadetes o similares, y de un 25 %, en el de juveniles. El entrenadores/as y el monitores/as serán informados de estos criterios y se les facilitarán los soportes para facilitar la recogida de datos sistemática y homogénea, y su evaluación en los seguimientos trimestrales.
- Junto con el coordinador/a de actividades extraescolares y el equipo directivo, la Dirección preparará el avance del plan general anual de actividades extraescolares, la programación general coordinada de las mismas actividades extraescolares, las directrices y objetivos generales de los planes de las secciones y cuantos criterios consideren oportunos para su adecuada coordinación en los planes y objetivos generales de la Cooperativa. El análisis de los resultados y la evaluación grado de cumplimiento de los objetivos del plan de actividades extraescolares deportivas y culturales, y de sus secciones, serán un apartado específico de la Memoria anual, así como de su seguimiento trimestral y mensual, de acuerdo con los indicadores establecidos, con la información reportada por los responsables de las secciones y equipos, y con la de los padres y madres colaboradores como delegados-as, según protocolos previamente definidos.
- En los niveles de Educación Secundaria en que se constituyan dos o más equipos deportivos, el equipo técnico de la sección deportiva, siguiendo las directrices establecidas por el Consejo Rector y la Dirección, determinará la distribución de los componentes de cada uno de ellos.
- El Consejo Rector, con la colaboración de la Dirección definirá los Derechos y Deberes de los alumnos y alumnas en el ámbito específico de las actividades extraescolares y las correspondientes normativas en cuanto a asistencia, puntualidad, vestimenta, utilización de las instalaciones y recursos, comportamiento y respeto a los entrenadores, monitores/as, delegados/as, socios/as, árbitros, visitantes etc. Y esta normativa entrará en vigor tras su aprobación en el Consejo Escolar, de acuerdo con la normativa vigente, y tras su comunicación a los alumnos y alumnas y a sus padres y madres o representantes legales.
- El Consejo Rector, la Dirección y el/la Coordinador/a de las actividades extraescolares harán partícipes a los socios y socias del valor educativo que comporta la oportunidad de acompañar a sus hijos e hijas en el desarrollo de las actividades extraescolares y de orientarles positivamente en sus eventualidades y para conocerse y promover su amistad y cooperación. Fomentarán así mismo, que todos los equipos elijan un delegado o delegada y le facilitarán los medios para ejercer sus funciones.
- El procedimiento para la corrección de de las conductas inadecuadas con motivo de las actividades extraescolares, será el que ya recoge en el Reglamento Interno del Alumno/a.
- ZUBI ZAHARRA S. Coop canalizará todas sus relaciones con entrenadores/as, monitores/as y responsables intervinientes por medio del Estatuto del Voluntariado.
Gestión de las Actividades extraescolares deportivas y culturales
La Gestión y desarrollo de los planes de actividades extraescolares deportivas y culturales de la Cooperativa de Enseñanza, y la utilización de las instalaciones para estos fines, podrá realizarse a través de la figura jurídica que se estime más conveniente el Consejo Rector de la cooperativa, dando cuenta en todo caso, a la Asamblea General.
El Consejo Rector con la colaboración de la Dirección establecerá las condiciones, calendario y horarios de cesión de las instalaciones de la Cooperativa para el desarrollo de dichos servicios. Y en su caso, y siempre que no las interfieran lo más mínimo, las condiciones de alquiler a terceros, preferentemente a socios y socias, con su consiguiente compensación.